Abril 20, 2026

Inicia la veda electoral, cuidado con lo que dices

Mayo 30, 2024 293

Chihuahua.-  A la medianoche del 29 de mayo concluyeron las campañas políticas y entró en vigor la veda electoral, un periodo de reflexión de tres días en el que funcionarios, candidatos, partidos y políticos, así como ciudadanos e influencers, deberán evitar la publicación de encuestas o propaganda mediante escritos, imágenes, grabaciones, proyecciones o expresiones que traten de influir en el sentido del voto del 2 de junio.

La violación de esta norma, que estará vigente hasta el cierre de las casillas después de las 6:00 de la tarde del 2 de junio, implica sanciones por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Para los partidos, desde una amonestación, sanción máxima de un millón 85 mil 700 pesos o pérdida del registro en caso de reincidencia; y en el caso de los ciudadanos, una multa hasta de 217 mil 140 pesos, aunque dependerá de la capacidad económica del infractor.

Dado este periodo de veda, el presidente Andrés Manuel López Obrador, quien ha recibido 30 medidas cautelares del Instituto Nacional Electoral (INE) por intervenir en el proceso electoral en marcha, anunció que suspenderá sus conferencias de prensa matutinas los días 30 y 31 de mayo.

La consejera del INE, Dania Ravel, explicó a Latinus que la veda electoral está prevista en el artículo 251 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y es un periodo de tres días que tiene una doble finalidad: permitir la reflexión de la ciudadanía posterior a las campañas para definir el sentido de su voto, y prevenir que se difunda propaganda electoral o se realicen actos que, dada la cercanía de la jornada, no puedan desvirtuarse mediante los mecanismos de control establecidos.

“Sí es un periodo de reflexión para la ciudadanía para que puedan pensar su voto, lo que no se puede hacer ya es llamar al voto, para ese momento las campañas ya concluyeron, ya no se pueden estar haciendo eventos de campaña, propagandísticos, por supuesto que tampoco puede haber ningún tipo de promoción personalizada, no puede haber tampoco una publicidad oficial salvo que esté en alguna de las excepciones que estamos previendo el artículo 41 constitucional, temas de protección, civil, salud, educación”, señaló.

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